Mesas examinadoras – Procedimiento administrativo
MESAS EXAMINADORAS – Â PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Durante el periodo de Mesas Examinadoras, los docentes deberán conformar los tribunales dispuestos en las grillas de mesas de exámenes pre establecidas y publicadas con antelación. De esta manera, cada docente y estudiante podrá informarse de las fechas, Unidades Curriculares, hora del comienzo del examen y espacio asignado con suficiente tiempo para una mejor organización
RAM Decreto 4199/15 TÃTULO 5: “Permanencia y Promoción†– CapÃtulo 3: “De la Aprobación de las Unidades curriculares†Art. 38: El examen final se realiza ante un Tribunal o Comisión evaluadora formada por 3 (tres) miembros, el profesor de la Unidad, quién oficiará de Presidente de mesa y 2 (dos) profesores de Unidades Curriculares afines con sus respectivos reemplazantes. En caso de que el profesor de la Unidad esté ausente, el directivo podrá designar quien lo sustituya en calidad de Presidente de mesa
- Si alguno de los miembros del tribunal estuviera ausente, la Regencia designará al suplente respectivo, que podrá pertenecer a cualquiera de las carreras que se dictan en el instituto.
- La pro secretarÃa de alumnado confeccionará las Actas Volante de cada llamado y las entregará a Regencia, junto con la nómina de asistencia por carrera, por dÃa.
- Regencia entregará la documentación respectiva y organizará el espacio fÃsico para la constitución de cada mesa examinadora.
Los exámenes finales se ajustarán a los siguientes procedimientos y formalidades:
- Los docentes no podrán incorporar ningún estudiante en el listado del acta volante sin antes consultar a pro-secretarÃa de alumnado en forma
- Recordar que el estudiante puede presentarse a los dos llamados cuando haya resultado REPROBADO O INSUFICIENTE en el primero.
- El tiempo de espera a los alumnos será de una Por ejemplo, si el horario de comienzo de la mesa es a las 18:20 Hs. se deberá esperar a los estudiantes hasta las 19:20 y a partir de allà se podrán confeccionar las actas.
- Durante el primer llamado, al finalizar el examen, los miembros del tribunal volcarán al Libro de Actas de Exámenes los resultados del examen que se indican en el Acta Volante con el listado de los estudiantes APROBADOS y DESAPROBADOS, pero no los ausentes. Si todos los alumnos/as estuvieran ausentes al examen se consignará exclusivamente en el Acta
- Durante el segundo llamado los miembros del Tribunal pasarán la nómina completa de los estudiantes que se encuentran en el acta Volante y los resultados: aprobados, desaprobados y ausentes.
- Los estudiantes en carácter de LIBRES, se volcarán en el mismo Libro de Actas que los estudiantes REGULARES, consignando en la columna “Permiso de Examen†la condición académica.
- En caso de que el estudiante haya homologado parcialmente una materia, deberá presentarse a la mesa examinadora con el Acta respectiva donde constarán los temas que tuvo que aprobar para ser considerado regular. El presidente de la mesa debe tener una copia de dicho acta si fue su docente durante todo el año lectivo, caso contrario deberá solicitar en prosecretaria alumnado la copia correspondiente del acta de homologación parcial para conocer en qué temas debe ser examinado el estudiante.
- En la carrera de Educación FÃsica, si los estudiantes se presentaran a rendir el examen práctico y estuvieran ausentes en el examen teórico, se consignará en acta de examen como desaprobado.
- La nueva Normativa establece una escala de calificación de 1 a 10.
Valoración:
1(REPROBADO),
de 2 a 5 se considera INSUFICIENTE,
6 (Seis) APROBADO,
7 (Siete) BUENO,
8 (Ocho) MUY BUENO,
9 (Nueve) DISTINGUIDO y
10 (Diez) SOBRESALIENTE.
RAM Decreto 4199/15 TÃTULO 5: “Permanencia y Promoción†– CapÃtulo 3: “De la Aprobación de las Unidades curriculares†Art. 37: La nota de aprobación de la Unidad Curricular será la del examen final, o la del promedio de los exámenes finales cuando se hayan combinado las modalidades. La nota de aprobación será de 6 (seis) o más sin centésimos.
✔ De cada examen se redactará un acta en el libro correspondiente, confeccionada por el Presidente de la mesa examinadora y firmado indefectiblemente por todos los integrantes del tribunal.
✔ El personal de secretarÃa dispondrá de los Libros de Actas de Exámenes en la Biblioteca u otro espacio designado para tal fin. En este ámbito se confeccionarán las Actas. Los profesores no podrán retirarse hasta tanto se cumplimenten todos los procedimientos administrativos y se cierre el Acta por el personal de secretarÃa, luego de su visado. Acto seguido los docentes deberán firmar la asistencia antes de retirarse de la institución.