Aprobación

Técnico Superior en Informática y Redes de Datos

Aprobación del Plan


APRUEBA EL PLAN DE ESTUDIOS DE LA CARRERA DE TECNICO SUPERIOR EN INFORMÁTICA Y REDES DE DATOS

FIRMANTES: OBEID – NIN

DECRETO Nº 0345

SANTA FE, 07 MAR 2005

V I S T O:

El Expediente Nº 00415-0002192-0 del registro del Ministerio de Educación, en cuyas actuaciones la Dirección Provincial de Educación Superior, Perfeccionamiento Docente, Programación y Desarrollo Curricular de la Subsecretaría de Educación de la Jurisdicción referida, solicita la aprobación del Plan de Estudios de la Carrera “Técnico Superior en Informática y Redes de Datos”; y

CONSIDERANDO:

Que este Plan de Estudios tiene como fin formar profesionales técnicos especializados al servicio de las comunicaciones y del procesamiento de la información de las distintas organizaciones por cuanto en la actualidad, el desarrollo y constante crecimiento de estas áreas se basan en gran medida en el permanente avance y aplicación de las herramientas que brindan la Informática y las Telecomunicaciones;

Que gran parte del tiempo y del costo asociado a la Informática, en una organización se invierte en la resolución de problemas técnicos que el usuario no está capacitado para resolver en forma directa, y asimismo, en los destinados a alcanzar una mayor eficiencia en las comunicaciones. Es así que se debe recurrir a personal con formación específica, con determinado grado de formación según sea la complejidad y magnitud del servicio a atender;

Que en respuesta a esa necesidad, mediante el desarrollo de este Plan de Estudios de “Técnico Superior en Informática y Redes de Datos” se prevé la formación de técnicos especializados de conformidad con cada nivel de servicio, y en ese orden, el alumno obtendrá en una primera etapa una titulación intermedia de Operador de Computadoras Personales que le permitirá instalar, manejar y administrar software de aplicación general y de aplicaciones administrativas en ambientes monousuario y multiusuario, e interactuar con el hardware dado que recibirá los conocimientos inherentes a la estructura, funcionamiento, capacidades y tipos de computadoras, por lo que, en corto tiempo y dada la gran demanda de este servicio en todos los tipos de organizaciones, contará con una rápida inserción laboral;

Que por lo tanto, el egresado como “Técnico Superior en Informática y Redes de Datos” estará capacitado para ejercer su actividad en diversas organizaciones para asesorarla en el desarrollo de redes de datos, en beneficio de las mismas en materia de reducción de tiempo-costo, así como también, para brindar una asistencia completa que va desde la compra racional del equipamiento informático y comunicacional relacionado, su instalación y el mantenimiento de software y redes en un ambiente seguro, hasta la capacitación de usuarios, el apoyo permanente para la resolución de problemas que surjan del manejo diario de los sistemas, y en especial, sobre el aprovechamiento de la funcionalidad de los distintos programas según el ámbito laboral;

Que para lograr una sólida y trascendente formación profesional, la Dirección Provincial iniciadora de esta gestión señala que el diseño curricular incluye, además de las asignaturas técnicas específicas tales como, entre otras, Programación, Internet Básica y Avanzada, Aplicaciones Gráficas, Redes de Datos, Seguridad Informática, otras de orden integral como Inglés Técnico y en especial, Filosofía y Ética Profesional. Esta formación humanística tiene como objetivo que el alumno desarrolle actitudes reflexivas y críticas basadas en valores ético-culturales respecto de los avances tecnológicos y el uso de la información, de modo que sean incorporadas durante el ejercicio de su profesión;

Que además, esta propuesta académica tiene como base un currículo flexible, adecuado a las pautas dadas desde el Consejo Federal de Cultura y Educación en cuanto a duración de las carreras de educación superior, y que presenta una dinámica tal que permitirá responder a los desafíos provenientes de los avances científico-tecnológicos, y a afrontar los problemas concretos de la realidad propia de cada Instituto Superior en que se desarrolle;

Que agrega por otro lado, que es conveniente tener en cuenta que esta carrera puede resultar de interés de los egresados del Trayecto Técnico Profesional en Informática Profesional y Personal por cuanto sus contenidos se articulan ampliando las competencias fundamentales de esta instancia de educación formal recibida luego de la Educación General Básica;

Que ha tomado intervención la Comisión Provincial Permanente – creada por Decreto Nº 5799/91 – aconsejando mediante Dictamen N° 32/04 la competencia para el ejercicio de la docencia e incumbencias profesionales a asignar al título de “Técnico Superior en Informática y Redes de Datos”, y las incumbencias a otorgar al intermedio de “Operador de Computadoras Personales”;

Que este Poder Ejecutivo en un todo de acuerdo con los antecedentes obrantes en autos, estima procedente resolver de conformidad, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 72º Inciso 5º de la Constitución Provincial;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Apruébase el Plan de Estudios de la Carrera de “Técnico Superior en Informática y Redes de Datos” que, como Anexo en veintidós (22) fojas integra el presente decisorio, a implementarse en los Institutos Superiores de la Provincia que el Ministerio de Educación determine.

ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese