VISTO
La necesidad de mejorar la calidad educativa en los diferentes espacios de la formación docente, en el marco de las transformaciones pedagógico-curriculares que se vienen implementando en la institución, especialmente con relación a la modalidad de cursado y sistema de evaluación.
Que es importante recrear nuevos espacios para la reinserción de alumnos y graduados, donde tengan posibilidades de acceder a una formación permanente y actividades de investigación.
Que los docentes, al contar con la apoyatura y acompañamiento de auxiliares y/o ayudantes en la cátedra, contarían con mejores condiciones para el dictado de clases, seguimiento del estudiantado y dedicación a su propio perfeccionamiento.
Y CONSIDERANDO
Que la Supervisión de Educación Superior del Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe, en su Circular 01/03, aconseja la creación de nuevas alternativas áulicas para la inserción de los alumnos y graduados.
INSTITUTO SUPERIOR DEL PROFESORADO N° 3 “EDUARDO LAFFERRIERE”
RESULEVE:
1. Crear las figuras de: Ayudante de Cátedra de Primera (ad honorem), para ser cubierta por graduados y Ayudante de Cátedra de Segunda (ad honorem), para ser cubierta por estudiantes de la misma carrera.
2. Establecer los siguientes requisitos para los aspirantes:
Para Graduados de instituciones de Educación Superior: Haber obtenido una calificación de 4 (cuatro) o más en la asignatura a desempeñarse como ayudante de cátedra de primera y 3 (tres) de promedio general en la carrera. Nota: En caso de haber más de un aspirante, llamar a concurso de antecedentes y, teniendo en cuenta la misma normativa que regula la confección de escalafones para interinatos y suplencias, elaborar un listado por orden de mérito.
Para Estudiantes del ISP 3: Contar con una calificación de 4 (cuatro) o más en dicha asignatura y 3 (tres) de promedio general en la carrera. Nota: En caso de haber más de un aspirante, se establece un orden de mérito teniendo en cuenta, primero, la nota en la materia y segundo, el promedio general de la carrera. En caso de empate, se solicita a los aspirantes la presentación de un currículum, que será evaluado por el profesor titular de la cátedra, quien elevará una propuesta fundamentada para definir la situación en el marco del Consejo Académico.
En todos los casos, el aspirante deberá presentar la solicitud en una nota formal dirigida a la Dirección Institucional, especificando claramente en el pedido: Carrera, Nombre de la Cátedra, Año, Curso, Titular de la cátedra.
Las solicitudes deberán estar acompañadas de la aceptación expresa del docente a cargo de la cátedra y por la documentación que valida el cumplimiento de los requerimientos para aspirantes a ayudantía de cátedra.
La presentación de solicitudes para ingresar como ayudantes de cátedra, deberá realizarse en el mismo período que fija el calendario escolar para inscripción a interinatos y suplencias de nivel terciario. Por excepción y debido a la fecha de promulgación de la presente resolución, para el año 2006 la inscripción se hará fuera de término, y las solicitudes deberán presentarse por lo menos treinta días antes del inicio del ciclo lectivo.
3. Definir las siguientes funciones para los Ayudantes de Cátedra de Primera:
Asistir a los profesores en el dictado de clases y la enseñanza de la asignatura para lograr la optimización de los procesos de enseñanza y aprendizaje.
Participar en las tareas de investigación, extensión y cualquier otra actividad que de acuerdo al planeamiento de cátedra o departamento.
Colaborar en la corrección de las actividades, trabajos prácticos y/o evaluación de la cátedra, contando en todos los casos con la supervisión del titular de la cátedra.
Cumplir con un régimen de asistencia no menor al 75% de las clases dictadas.
4. Definir las siguientes funciones para los Ayudantes de Cátedra de Segunda:
Asistir a los profesores en el dictado de clases y la enseñanza de la asignatura para lograr la optimización de los procesos de enseñanza y aprendizaje.
Participar en las tareas de investigación, extensión y cualquier otra actividad que de acuerdo al planeamiento de cátedra o departamento.
Cumplir con un régimen de asistencia no menor al 75% de las clases dictadas.
5. Avalar la emisión de las certificaciones correspondientes para quienes se desempeñen en esta función y cumplan con los requisitos, asignándose: A) Un total de 0,30 puntos en concepto de “otros antecedentes”, a los Ayudantes de Cátedra de Primera, por cada año calendario trabajado. B) Un total de 0,10 puntos en concepto de “otros antecedentes”, a los Ayudantes de Cátedra de Segunda, por cada año calendario trabajado.
6. Establecer, como responsabilidad del docente de cada cátedra:
7. Fijar como tarea específica de Secretaría:
La comunicación al personal docente, vía circular, la apertura anual del registro de espacios receptores de ayudantes de cátedra.
La recepción de las solicitudes y el control de documentación presentada por los aspirantes.
La elaboración de un listado anual con las designaciones de ayudantía por cátedra, y la presentación del mismo ante el equipo de conducción para su visado, rectificación y/o aprobación.
8. Autorizar a la Dirección de este Instituto para: A) Abrir un registro de Docentes que aceptan la incorporación en sus respectivas cátedras, de la figura “Ayudantía de Cátedra”. B) Elevar la presente resolución a la Superioridad, a los efectos de gestionar su aprobación ministerial.
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Inés Barrosso Sección Economía |
Nélida Mariotti Sección E.G.B. 1 y 2 |
María E. Rodríguez Departamento Práctica |
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Ana Gerometta Sección Matemática |
Irma Medina Sección Ed. Física |
Pablo Callegari Programa Capacitación |
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Cristina Di Bernardo Sección Inglés |
Laura Sotelo Programa Investigación |
Ernesto Rodríguez Sección Historia |
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Susana Sciarresi Sección Nivel Inicial |
Graciela Gaioli Sección Cs. Educación |
Graciela Pieretti Secretaría |
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José H. Goicoechea Regencia |
Miguel Duhalde Dirección |
Elizabeth Luna Delegada Estudiantil |
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Ana Gerometta Sección Matemática |
Irma Medina Sección Ed. Física |
José H. Goicoechea Regencia |